Los supermercados deberán prestar un mínimo de 13 horas de atención al público

Los que no lo cumplan serán sancionados. 

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El Gobierno nacional estableció que los supermercados deberán implementar un horario de atención al público de al menos 13 horas por día. 

La resolución 101/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada en el Boletín Oficial, fijó el cumplimiento obligatorio para supermercados, supertiendas; autoservicios de productos alimenticios y no alimenticios; cadenas de negocios minoristas; organizaciones mayoristas de abastecimientos; tipificadores empacadores de productos perecederos; y centros de compras. 

También tendrán que señalizar los lugares de espera, de manera de mantener una distancia de un metro y medio entre cliente y cliente, sea tanto en línea de caja o donde los consumidores deban formar fila de espera para ser atendidos. 

Por último, la resolución remarcó que los incumplimientos a la presente norma serán sancionados, y precisó que la vigencia de la normativa será por un período de 30 días corridos, el cual podrá ser prorrogado en caso de necesidad. 

 

Auspicia:

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