Nacionales-El Ministerio de Seguridad de la Nación y el ENACOM firmaron una resolución que prohíbe el uso de equipos inhibidores o bloqueadores de señales radioeléctricas
La medida salió publicada hoy en el Boletín Oficial
La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich y la presidenta del Enacom (Ente Nacional de Comunicaciones), Silvana Giudici firmaron una resolución que prohíbe el uso de equipos inhibidores o bloqueadores de señales radioeléctricas, que muchas veces afectan las comunicaciones y atentan contra la seguridad de la ciudadanía.
“El trabajo conjunto entre las diferentes agencias del Estado es fundamental para garantizar la seguridad, en este caso, de las comunicaciones”, vamos a regular el uso de estos equipos para prevenir robos a partir de la interrupción de señales y las falsas alarmas”, sostuvo Bullrich.
En la disposición, se resuelve prohibir el uso de dispositivos o sistemas de radio que impidan, interrumpan, estorben, entorpezcan o causen interferencias en la interconexión radioeléctrica entre dos o más estaciones (fijas o móviles), imposibilitando el cursado de llamadas, la transferencia de datos u otro tipo de información.
«Venimos trabajando en conjunto con el Ministerio de Seguridad para establecer protocolos eficientes en el combate del delito de robos de celulares, falsas alarmas y/o interferencias a los sistemas de seguridad. Con esta nueva norma conjunta estaremos contribuyendo en prevenir robos por interrupción de sistemas de alarmas en autos y/o casas particulares», agregó Giudici.
La medida exceptúa a los dispositivos o sistemas que las fuerzas policiales y de seguridad de la Nación y de las Provincias en ejercicio de sus funciones. Asimismo, la disposición da cuenta que el Ministerio de Seguridad de la Nación podrá autorizar mediante acto administrativo motivado por razones de seguridad y de interés general, la instalación y uso de inhibidores, de manera temporal o permanente, en ubicaciones fijas confinadas a las entidades públicas y a las entidades del sector financiero que lo justifiquen.
La instalación y uso de los inhibidores deberá sujetarse estrictamente a las condiciones señaladas en el acto de autorización. El autorizado deberá adoptar todos los ajustes técnicos tendientes a evitar que se afecten las áreas exteriores al sitio en el que se instalaron.
En caso de que se compruebe que aún bajo las condiciones autorizadas se causa afectación a redes de comunicaciones en área exterior de la ubicación fija confinada de interés, se deberá apagar el equipo inhibidor, el que no podrá ser puesto nuevamente en funcionamiento hasta que se realicen los ajustes necesarios para eliminar la afectación.
“Que los equipos inhibidores o bloqueadores de señales radioeléctricas son dispositivos que impiden y/o interrumpen y/o estorban y/o entorpecen y/o causan interferencias perjudiciales a diversos servicios y sistemas de radiocomunicaciones. Que tales equipos hacen uso de cualquier porción del espectro radioeléctrico, motivo por el cual se han manifestado distintos reclamos de prestadores de servicios de telecomunicaciones y de usuarios de los mismos. Que el uso irrestricto de los equipos en cuestión pone en riesgo el normal funcionamiento de las comunicaciones y atentan contra la seguridad de la ciudadanía”, agrega la Resolución.