Nacionales – El Gobierno definió el cupo diario y dispuso nuevas flexibilizaciones para aquellos que quieran ingresar al país

nuevas flexibilizaciones viajeros 2

Redacción: Agustín Lima

En las últimas horas, el Gobierno Nacional publicó nuevas flexibilizaciones a la pandemia de coronavirus que comienzan a regir hoy viernes 1° de octubre hasta el 31 de diciembre. 

Tal como resalta el Decreto N° 274/20 publicado en el Boletín Oficial, “quedan exceptuadas de la prohibición de ingreso establecida en el artículo 1° del decreto precedentemente citado, las personas nacionales o residentes de países limítrofes, siempre que cumplan con las indicaciones, recomendaciones y requisitos sanitarios y migratorios para el ingreso y permanencia en el país establecidos o que se establezcan en el futuro”. 

Se podrán establecer excepciones a las restricciones de ingreso al país con el objeto de implementar actividades que se encuentren autorizadas o para las que requieran autorización los Gobernadores o las Gobernadoras o el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Jefe de Gabinete de Ministros puede suspender o modificar las normas previstas, de acuerdo a la evaluación del riesgo epidemiológico y sanitario y del avance de la vacunación contra la COVID-19, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional. 

Luego, a partir del 1° de noviembre de 2021 se restablece el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes, siempre que cumplan con los requisitos migratorios y sanitarios vigentes. El mismo se realizará por los corredores seguros establecidos en los términos del artículo 16 del Decreto N° 260/20. 

Dichos corredores seguros aéreos, marítimos, fluviales y terrestres los definirá el Ministerio de Salud determinando los puntos de entrada al país, trayectos o lugares que reúnen las mejores capacidades para responder a las necesidades sanitarias y epidemiológicas 

Por último, mientras esté vigente la prohibición de ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país, la Dirección Nacional de Migraciones podrá autorizar el tránsito vecinal fronterizo cuando se verifiquen las condiciones epidemiológicas. 

Cabe destacar que, entre hoy 1° de octubre hasta el día tres inclusive, se habilitan “2.300 plazas de pasajeros diarias”, mientras que entre el 4 y el 10 del mismo mes, serán 21.000 lugares por semana. 

A partir del 11 de octubre y hasta cumplidos los 14 días desde que se alcance el umbral del 50% de la población argentina con vacunación completa, se autorizarán “28.000 plazas de pasajeros semanales”. Una vez que el Ministerio de Salud de la Nación anuncie que ya se alcanzó esa cobertura del 50 por ciento, “no se aplicará cupo de ningún tipo”. 

 
Estos son los requisitos para las personas de todo el mundo que quieran ingresar a nuestro país: 

  • Los extranjeros que lleguen al país como turistas deberán haber completado el esquema de vacunación completo por lo menos 14 días antes de su ingreso, lo cual deberá quedar registrado “en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones. 
  • Además, se deberá contar con una prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las 72 horas previas a su arribo y otra más entre el día quinto y séptimo día desde que aterrizó. 
  • Las personas vacunadas con esquema completo y testeadas que resulten negativas estarán eximidas de realizar la cuarentena. Aquellas que den positivo deberán permanecer aisladas en los dispositivos provinciales previstos para ese fin por el término de 10 días. 
  • Los menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación, pero que se encuentren en compañía de adultos que sí cumplen con esta condición, podrán ingresar al territorio nacional. Tendrán que hacer cuarentena y someterse a un test al séptimo día para poder circular libremente. 

 

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