Pergamino-Autorizan la actividad a la Industria textil, calzado y metalúrgica.

Por Intermedio de un decreto municipal el Intendente de Pergamino, Javier Martinez, autorizó la actividad a la Industria textil, calzado y metalúrgica.

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE PERGAMINO
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Autorizar, en virtud de la Nota 2020-09695440-GDEBA-MJGM del Jefe de Gabinete de
Ministros de la Provincia de Buenos Aires, en el Partido de Pergamino, el inicio de las siguientes
actividades y servicios:

  • Industria metalúrgica, de maquinarias y equipos junto con sus diferentes especialidades y ramas.
  • Establecimientos productivos de confección de indumentaria y afines; acabado de productos textiles.
    Industria del calzado y afines.
    ARTÍCULO 2º. Las actividades incorporadas mediante el artículo 1º del presente deberán cumplir la
    restricción horaria de 8:00 horas a 17:00 horas.
    Asimismo, el incumplimiento o la desobediencia a lo estipulado en el presente decreto, será considerado
    una contravención y sancionada conforme la multa establecida en el artículo 46 del Código
    Contravencional Municipal (Ordenanza Nº 1346 y modificatorias), sin perjuicio de las acciones penales que
    correspondieren, con expreso aviso a las autoridades federales competentes.
    ARTÍCULO 3º. Las actividades y servicios autorizados por el artículo 1º del presente Decreto deberán, en
    todos los casos y sin excepciones, observar los protocolos preventivos y sanitarios que se acompañan en
    Anexo I (Metalurgia, maquinaria y equipos junto con sus diferentes especialidades y ramas) y Anexo II
    (Calzado y textiles), que forman parte de este acto administrativo.
    Además, en el desarrollo de las actividades y servicios autorizados, debe tenerse presente lo dispuesto en la
    Resolución N.º 135/20 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se
    establece la obligación de los empleadores de confeccionar e implementar un Protocolo de Higiene y Salud
    en el Trabajo, en el marco de la emergencia sanitaria producida por la propagación del COVID-19, de
    conformidad con las especificidades que requiera la actividad desarrollada y/o las tareas prestadas por las
    trabajadoras y los trabajadores en cada uno de los establecimientos del empleador y/o lugares de trabajo.
    ARTÍCULO 4º. Desígnese como autoridad de fiscalización y control del cumplimiento de los protocolos
    referidos en el artículo 3º del presente a la DIRECCIÓN DE HABILITACIONES COMERCIALES Y
    CONTROL DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS de la MUNICIPALIDAD DE PERGAMINO. Ínstese a
    todo ENTE que nuclee a las actividades y servicios autorizados a colaborar en el control del cumplimiento
    del protocolo referido, debiéndose comunicar toda denuncia o infracción a la autoridad de control local
    designada.
    ARTÍCULO 5º. Publíquese y dese al Boletín Oficial. Intervenga la DIRECCIÓN DE PRENSA para su
    amplia difusión. Comuníquese el presente decreto al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos
    Aires (art. 13, Dec. N.º 340/20). Cumplido, comuníquese la presente medida a las áreas municipales
    correspondientes, en especial, a la DIRECCIÓN DE HABILITACIONES COMERCIALES Y
    ACTIVIDADES ECONÓMICAS.
    ANEXO I
    PROTOCOLO DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE EMERGENCIA SANITARIA COVID-19 PARA
    LA INDUSTRIA METALÚRGICA, DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS JUNTO CON SUS
    DIFERENTES ESPECIALIDADES Y RAMAS
    MEDIDAS GENERALES DE PREVENCION
  1. Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón como mínimo durante cuarenta segundos (palma,
    dorso, muñeca, dedos y entre ellos). De no contar con acceso a agua, hacer la higiene con una
    solución de alcohol al 70% (7 partes de alcohol y 3 de agua) o en gel durante veinte segundos como
    mínimo.
  2. Mantener una distancia mínima entre personas de un metro y medio (1,5m).
  3. No mantener contacto físico con otras personas como darse la mano, abrazos, besos, etc.
  4. No compartir vajillas, cubiertos, mate, bombilla y termos.
  5. Evitar reuniones grupales o minimizar el número de asistentes respetando distancia de 1,5m como
    mínimo.
  6. Al toser o estornudar cubrir la boca con el pliegue del codo o pañuelo desechable.
  7. Evitar el contacto con personas que tenga o estén cursando enfermedades respiratorias.
  8. Ventilar los ambientes con regularidad aunque haya bajas temperaturas o sea temporada invernal.
  9. Limpiar y desinfectar superficies, baños, vestuarios, lugares de alto tránsito y objetos con mayor
    frecuencia a la habitual.
  10. Ante la presencia de síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta, resfrío), diarrea, perdida repentina
    del gusto y/u olfato, fiebre mayor a 37,5°; contactar en forma inmediata los números de emergencia
    de la Municipalidad de Pergamino para seguir los protocolos del Ministerio de Salud de la Nación y
    de la provincia. Si está en su domicilio, NO concurra a trabajar y comunique la situación a su
    Empleador, después de haber contactado al Sistema de Salud.
    RECOMENDACIONES PARA DESPLAZAMIENTOS HACIA Y DESDE EL TRABAJO
  11. Utilizar protección naso bucal.
  12. En viajes cortos intentar caminar o utilizar bicicleta, para permitir más espacio a quienes no tienen
    otra alternativa de traslado.
  13. Si es posible, desplazarse en vehículo particular y mantenerlo ventilado para garantizar la higiene y
    desinfección del interior del mismo.
  14. En el caso de usar transporte público, respetar las distancias mínimas recomendadas.
  15. Evitar aglomeraciones en los puntos de acceso al transporte que se vaya a utilizar.
  16. Mantener una buena higiene de manos con agua y jabón o soluciones a base de alcohol o alcohol en
    gel, antes, durante y después de los desplazamientos que se vayan a realizar.
  17. Desplazarse provisto de un gel o solución alcohólica.
  18. Al regresar del lugar de trabajo y antes de ingresar al domicilio, en la medida de lo posible, realizar
    los puntos 2 y 3 del siguiente capítulo.
    PROCEDIMIENTO PARA EL INGRESO A LA EMPRESA
  19. Antes de ingresar al Establecimiento, una persona designada por la Empresa deberá consultar por el
    estado de salud del trabajador y su familia utilizando el cuestionario de seguridad COVID-19. En
    caso de manifestar posibles síntomas, no se permitirá el ingreso, pidiéndole al trabajador que tome
    contacto inmediato con el Sistema de Salud Local. Se recomienda tomarla temperatura por medio no
    invasivo (termómetro infrarrojo para tal fin), la cual no deberá superar los 37,5°. El personal
    designado para hacer este control debe estar provisto del equipo de protección adecuado (guantes
    descartables, protección naso bucal y facial.
  20. Toda persona antes de ingresar a la Empresa deberá limpiar la suela del calzado en felpudo o trapo de
    piso embebido en solución desinfectante (lavandina u otras) e higienizar sus las manos con agua y
    jabón o realizar la limpieza con solución de alcohol (líquido o en gel).
  21. Inmediatamente después de ingresar, el personal de planta deberá cambiarse de ropa (disponer de
    armario doble para no mezclar la ropa de calle con la de trabajo) y el personal administrativo, en la
    medida de lo posible, desinfectar la silla y escritorio.
  22. Poner a disposición toallas de papel y solución desinfectante para la limpieza de los teléfonos
    celulares (es el elemento de mayor riesgo de contagio ya que está en permanente contacto con las
    manos y no se higieniza con la misma frecuencia). Ç
  23. Establecer horarios de ingreso y salida escalonados, que permitan evitar aglomeraciones de personas.
  24. Se recomienda suspender el control horario por tarjeta o biométrico, reemplazándolo por otro de
    menor contacto o bien mantener la higiene en los dispositivos.
    MEDIDAS A IMPLEMENTAR EN EL AMBITO LABORAL
    A. Requisitos mínimos:
  25. Lavado de manos con agua y jabón: a. Se establecerán baños y/o lavatorios y/o estaciones de lavado
    en todas las áreas comunes de trabajo con agua, jabón y toallas de papel. b. Toda persona que ingrese
    al establecimiento deberá realizar el lavado de manos con agua y jabón en forma frecuente durante un
    mínimo de 40 segundos, siguiendo los pasos indicados por la OMS.
  26. Provisión y utilización de solución de alcohol al 70% o en gel cuando se manipulen objetos a causa
    o en ocasión del trabajo a. Para los puestos y/o tareas que por sus características no cuenten con
    acceso a agua y jabón, se deberá proveer una solución de alcohol al 70% o en gel para poder
    higienizarse las manos, siguiendo los pasos indicados por la OMS. b. Dotar a los vehículos de
    soluciones alcohólicas o en gel y mantener una buena higiene de manos al salir y al ingresar al
    vehículo.
  27. Distanciamiento entre personas a. Promover en todos los casos que sean posibles la prestación de
    tareas en forma remota (teletrabajo/home office), disponiendo del personal mínimo indispensable en
    planta para sostener el nivel de producción. b. Promover la utilización de sistemas de comunicación
    (teléfonos, video llamadas, video conferencias, etc.) minimizando las reuniones presenciales. En caso
    de tener que desarrollarse limitar el número de presentes y celebrarlas en espacios que permitan
    cumplir con la distancia de 1,5 metros como mínimo entre cada asistente. Y todos deberán utilizar
    protección naso bucal (barbijo quirúrgico o similar). c. Promover los sistemas de cobranza
    electrónica. d. Establecer horarios de ingreso y salida escalonados, que permitan evitar
    aglomeraciones de personas. e. Escalonar los turnos de comida en el mayor tiempo posible,
    manteniendo la distancia mínima recomendada entre comensales y sin sentarse frente a otra persona.
    f. Reducir al mínimo el ingreso a planta del personal externo, solo en caso de excepciones tales
    como inspecciones o tareas de mantenimiento. Al personal externo se le aplicarán los mismos
    controles que al propio respecto al acceso y medidas de higiene y seguridad. g. Redistribuir las áreas
    de trabajo de forma tal que la distancia entre puestos de trabajo sea de al menos a 2 metros para una
    altura de techo de 3 metros. En caso de ser ésta última menor, se recomienda aumentar la distancia
    entre trabajadores. h. Si la distribución de la maquinaria de la Empresa no permitiera mantener la
    distancia recomendada, implementar barreras de contención en cada puesto de trabajo. i. Circular
    dentro de la empresa minimizando el contacto físico, respetando las distancias mínimas y utilizando
    protección naso bucal, tal como barbijo quirúrgico o similar (esta protección no será necesaria para
    aquellos puestos que requieran otro tipo de protección respiratoria, debido al ambiente de trabajo).
  28. Atención al público, recepción y entrega de mercadería a. Definir los sectores donde se recibirán a
    proveedores y clientes, con el objeto de minimizar el contacto con el personal de la empresa y de ser
    posible planificar días y horarios para evitar superposición. b. En los lugares de atención al público
    el responsable del área designado deberá controlar y restringir el ingreso de clientes de manera de
    garantizar una distancia de separación mínima de 1,5 metro entre cada persona. c. Para la entrega y
    recepción de mercadería, implementar alguna modalidad donde no haya contacto directo entre quien
    entrega y quien la recibe (carros, cajones, puertas, rejas, cintas, etc.), de modo que se focalice todo
    el posible riesgo en un lugar/sector, que se deberá desinfectar asiduamente. d. Para mercadería
    transportada en camiones, coordinar ingresos y egresos de éstos para evitar congestiones y
    minimizar los tiempos de carga, descarga y espera. Se recomienda que la espera del chofer sea
    dentro del camión. e. Para el ingreso de mercadería a los depósitos se deberá previamente
    desinfectar con los productos recomendados a tal fin.
  29. Tareas que se realizan en el exterior de la Empresa. a. Viajantes, técnicos, etc.: se recomienda definir
    un sitio donde puedan recibir documentación, herramientas y los elementos de trabajo necesarios,
    ingresando a un lugar predeterminado, aislado de los espacios donde circulan el resto de los
    trabajadores. b. Dotar a los vehículos de soluciones alcohólicas o geles y mantener una buena
    higiene de manos al salir y al ingresar al vehículo. c. No se recomienda el uso compartido de
    vehículos, en caso de ser necesario desinfectar de manera regular (volante, tablero, manijas de
    puertas, espejo interior, etc.). d. Trabajadores que concurran a zonas con alto nivel de contagio,
    extremar las precauciones y medidas de seguridad. e. Si la tarea la tienen que realizar más personas
    y desplazarse en un único vehículo, todos los ocupantes deben viajar con protección naso bucal, no
    compartir bebidas ni elementos de higiene personal, cada uno debe tener un kit completo para
    higienizarse.
  30. Ventilación de Ambientes. a. Mantener una adecuada ventilación diaria y recurrente de todos los
    espacios de trabajo. Sobre todo en época de bajas temperaturas o invernal. b. En lugares con
    acondicionadores de ambiente se deberá asegurar el correcto funcionamiento de sistemas de
    ventilación/extracción. Limpiar y/o cambiar los filtros periódicamente. El personal a realizar esta
    tarea deberá estar provisto de EPP especial.
  31. Higiene y desinfección en la industria a. Cuando se retira un turno de trabajo se realizará una
    desinfección profunda de toda la instalación. b. Se recomienda realizar limpieza y desinfección cada
    2 horas de las superficies de alto contacto. c. Realizar limpieza y desinfección de superficies de
    trabajo: escritorios, mesadas, computadoras, teléfonos, y todo elemento de trabajo en contacto con
    las manos. d. Mantener limpios y desinfectados: pisos, baños, cocina y vajilla. e. Mantener la
    limpieza y desinfección de equipos y filtros de aire acondicionado.
  32. Manipulación de residuos a. Identificar y señalizar lugares destinados a la disposición de residuos. b.
    Mantener la limpieza y desinfección de los depósitos de residuos. c. Cada vez que se realice, utilizar
    guantes (descartables preferiblemente) y en caso de ser factible asistencia mecánica que reduzca el
    contacto con los mismos.
    B. Prestación de tareas:
    El Empleador dará aviso a su ART sobre la nómina declarada de: a. Trabajadores que desarrollan su
    tarea con normalidad en el/los establecimiento/s. b. Trabajadores que realizan su trabajo desde el
    domicilio particular. c. Trabajadores exceptuados de realizar tareas por diferentes motivos.
    C. Uso, colocación y retiro del equipo de protección personal (EPP):
  33. Generales para todo EPP
    a. Deben proporcionarse y utilizarse los adecuados al riesgo acorde con la actividad laboral o
    profesional. Para su selección consultar al Servicio de Seguridad e Higiene.
    b. Los EPP deben estar certificados, preferentemente, y respetar las instrucciones de uso del fabricante.
    c. Deben colocarse antes de iniciar cualquier actividad antes de la exposición al agente de riesgo y
    retirarlos después de alejarse de la zona de exposición.
    d. Son individuales NO SE DEBEN COMPARTIR.
    e. Si son descartables NO SE DEBEN REUTILIZAR.
    f. Los EPP descartables se deben desechar en contenedores adecuados y correctamente identificados,
    siguiendo los protocolos determinados por la empresa.
    g. Antes de colocar y retirar cualquier EPP, debe higienizarse las manos con agua y jabón o soluciones
    de alcohol ya descriptas.
    h. EL EMPLEADOR DEBE PROPORCIONAR LOS EPP NECESARIOS Y EL TRABAJADOR
    TIENE LA OBLIGACION DE UTILIZARLOS PARA PRESERVAR SU SALUD.
  34. Protección respiratoria:
    a. Toda persona que ingrese al establecimiento deberá hacerlo con protección naso bucal que cubra
    hasta el mentón.
    b. Las personas que atienden al público deben usar protección naso bucal que cubra hasta el mentón.
    c. El uso de protección respiratoria tipo N95 o mayor, solo está recomendada para el personal de salud
    o al personal que por la naturaleza del ambiente laboral lo requiera.
  35. Guantes
    a. Para el control de ingreso al establecimiento, personal de provisión de alimentos y alguna otra tarea
    analizada por el Servicio de Higiene y Seguridad se utilizarán guantes descartables.
    b. Para limpieza y desinfección de superficies, se deben utilizar guantes resistentes a la rotura.
    c. Los que correspondan a la tarea a desarrollar (cuero, anticortes, etc.)
  36. Protección ocular y/o facial
    a. Personal de control de ingreso al establecimiento.
    b. Las que requiera el puesto de trabajo por sus características.
  37. Colocación del EPP
    a. Hacerlo en un lugar destinado para tal fin.
    b. Higienizar bien las manos con los métodos descriptos.
    c. Seguir los siguientes pasos para colocar el EPP i. Protección naso bucal ii. Protección ocular iii.
    Mameluco descartable iv. Protección facial v. Guantes.
  38. Retiro del EPP
    a. Hacerlo en un lugar destinado para tal fin.
    b. Sin sacar los guantes, higienizar bien las manos con agua y jabón. En este paso no utilizar soluciones
    alcohólicas.
    c. Seguir los siguientes pasos para retirar el EPP i. Protección facial, lavarla con agua y jabón o
    productos recomendados por el fabricante. Guardarla en forma segura para su posterior uso. ii.
    Higienizar las manos iii. Mameluco descartable de forma tal que arrastre a los guantes. Esto se desecha
    en lugar y forma descripta en protocolo interno de la empresa. iv. Higienizar las manos v. Protección
    ocular, lavarla con agua y jabón o productos recomendados por el fabricante. Guardarla en forma
    segura. vi. Lavar las manos. vii. Retirar la protección naso bucal desde las tiras, no tocando el frente. 1.
    Si es descartable, se desecha en lugar y forma descripta en protocolo interno de la empresa. 2. Si es
    reutilizable, desechar los filtros de papel o antipolvo, lavarla con agua y jabón o productos
    recomendados por el fabricante. Guardarla en forma segura para su posterior uso. viii. Higienizar muy
    bien las manos.
    D. Ingreso de personas ajenas al Establecimiento: Toda persona ajena al establecimiento que
    ingrese al mismo, sean proveedores, clientes, profesionales, y/o cualquier tercero deberá cumplir de
    forma estricta las medidas contempladas en los puntos MEDIDAS GENERALES DE PREVENCION y
    PROCEDIMIENTO PARA EL INGRESO A LA EMPRESA.
    E. Actuación ante la presencia de signos y síntomas compatibles con COVID-19
  39. El empleador y el trabajador afectado deberán comunicarse con los números de emergencia de la
    Municipalidad de Pergamino para seguir los protocolos del Ministerio de Salud de la Nación y de la
    provincia.
  40. Informar sobre la situación al área correspondiente en el lugar de trabajo.
  41. Se deberá dar asistencia a toda persona (propia o ajena) que se encuentre dentro del establecimiento
    y presente síntomas compatibles con COVID-19.
  42. Todo personal que lo asista deberá utilizar como mínimo barbijo, guantes descartables y anteojos.
  43. Se debe aislar a la persona en lugar determinado y acondicionado para tal fin. Se debe dar un barbijo
    para que se coloque.
  44. Solicitar a la persona que indique a otras que estuvo en contacto.
  45. Desinfectar el o los sectores donde la persona estuvo y/o transitó dentro del establecimiento.
  46. Organizar el traslado de la persona al lugar de aislamiento recomendado por el sistema de salud.
  47. Hasta no tener el resultado del análisis efectuado, la persona no deberá ingresar al establecimiento.
  48. Se deben extremar las medidas de control de temperatura diaria a toda persona que ingresa al
    establecimiento.
  49. El Sistema de Salud local determinará las medidas a seguir para las personas que estuvieron con
    contacto directo con el posible caso de COVID-19.
    F. Actuación ante la presencia de un caso positivo de COVID-19: Si se confirma un caso positivo de
    COVID-19 de una persona que ingresó al establecimiento, ya sea empleado propio o ajeno a la
    Empresa, se cumplimentará inmediatamente con las siguientes acciones para garantizar la salud del
    personal y permitir la continuidad de la actividad del área en a la mayor brevedad posible.
    Primer Paso: a. Comunicarse de inmediato con los números de emergencia de la Municipalidad de
    Pergamino. b. Se procederá a aislar inmediatamente a la persona que el análisis de positivo, conforme a
    las recomendaciones e instrucciones que de la Autoridad Sanitaria competente, dependiente del
    Ministerio de Salud de la Nación y/o Provincia y colaborar con dichas autoridades para el seguimiento
    del caso. c. Aislar inmediatamente al resto de las personas que formaron parte del grupo de trabajo en
    el que participó la persona (tanto sea trabajador propio, como ajeno a la empresa) que dio positivo
    COVID19, de acuerdo a las recomendaciones e instrucciones que de la Autoridad Sanitaria competente,
    dependiente del Ministerio de Salud de la Nación y/o Provincia d. Se realizará inmediatamente la
    limpieza y desinfección total del área y de las superficies con que tuvo contacto la persona, de manera
    que permita en la medida de lo posible, el reinicio de actividades en el menor tiempo posible. Esta
    limpieza y desinfección se realizará con productos y desinfectantes aprobados por la autoridad sanitaria
    o con una solución de hipoclorito de sodio que contenga 1000ppm de cloro activo (dilución
    aproximada de 1 parte de agua y una parte de lavandina con 55gCl/L preparada en el momento). e. El
    personal encargado de la limpieza y desinfección utilizará los siguientes EPP: i. Barbijo N95 ii.
    Anteojos iii. Protección facial iv. Mameluco descartable v. Guantes descartables. f. Si se contrata una
    Empresa dedicada a realizar la tarea de limpieza y desinfección, exigir protocolo para COVID19 y que
    complete un registro auditable de la implementación de las medidas ejecutadas. g. Si el contagio se
    produjo en el ámbito laboral, deberá denunciarse a la ART correspondiente, acompañando con el
    diagnóstico confirmado por entidad debidamente autorizada, a fin de que el trabajador/a reciba en
    forma inmediata las prestaciones previstas por la Ley 24557 y sus normas modificatorias y
    complementarias.
    Segundo paso: a. Una vez comprobada y acreditada la finalización de la limpieza y desinfección total
    del área (descripta en punto “d” de Primer paso), la Empresa deberá comunicar y acordar con la UOM
    la forma de reanudar las tareas (grupos de trabajo, turnos, etc.). b. La Empresa deberá informar a los
    trabajadores/as las acciones realizadas para trasmitir tranquilidad y serenidad al personal. c. Se deben
    extremar las medidas de control de temperatura diaria a toda persona que ingresa al establecimiento. d.
    El empleador podrá seguir operando con el personal del establecimiento que no deban cumplir el
    aislamiento y/o con reemplazos externos si lo requiriera.
    G-Actuación ante personal con “Contacto estrecho” con personas que son “casos sospechosos” o
    posean confirmación médica de haber contraído COVID-19.
  50. Se recomienda proceder a realizar el procedimiento (E- Actuación ante la presencia de signos y
    síntomas compatibles con COVID-19.)
  51. Al trabajador/a con “contacto estrecho” con personas que posean confirmación médica de haber
    contraído COVID-19 se le autorizará el retiro del establecimiento en forma inmediata y se le
    indicará que con carácter urgente llame a los números de emergencia de la Municipalidad de
    Pergamino
  52. La persona que se encuentre en la situación descripta en el apartado anterior, no podrá ingresar al
    establecimiento hasta contar con diagnóstico negativo de haber contraído COVID-19.
    H- Suspensión del deber de asistencia de personas mayores de 60 años de edad, embarazadas,
    personas incluidas en el listado de riesgo de conformidad a la Resolución MTEySS N° 207/202
    y/o la/s que en el futuro la modifique/n y/o reemplace/n. Aislamiento obligatorio DNU N°
    260/2020. Progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo del niño/a o
    adolescente alcanzado por la suspensión de clases establecida por la Resolución MEN N°
    108/2020
  53. El empleador verificará respecto a todos sus trabajadores/as si los mismos pertenecen a algún/os
    de los grupos de riesgo y/o se encuentran entre las personas exceptuadas del deber de asistencia en
    los términos de la Resolución MTEySS N° 207/2020. En la medida de lo posible esta información
    se extraerá del legajo personal. NOTA: Excepto los trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta
    (60) años de edad, que sean considerados “personal esencial para el adecuado funcionamiento del
    establecimiento”. Según la Resolución MTEySS N° 219/2020, ARTÍCULO 2°.- Los trabajadores y
    trabajadoras que presten servicios en las actividades descriptas en el artículo 6 del DCNU-2020-
    297-APN-PTE y sus reglamentaciones, serán considerados “personal esencial” en los términos de la
    Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 207 de
    fecha 16 de Marzo de 2020.
  54. En el caso de comprobar que el trabajador se encuentra en la situación descripta en el punto
    anterior, se lo dispensará en forma inmediata del deber de asistencia al establecimiento, lo cual
    puede ser comunicado por cualquier medio (telegrama, e-mail, telefónico, etc.) a fin de evitar el
    traslado del personal.
  55. Asimismo el trabajador que se encuentre comprendido en algún/s de los grupos de riesgo y/o
    entre las personas comprendidas a la Resolución del MTEySS N°207/2020 y/o en situación de
    aislamiento obligatorio en los términos del artículo 7° del Decreto N° 260/2020, deberá comunicar
    tal situación a su empleador en forma inmediata por cualquier medio (telegrama, e-mail, telefónico,
    etc.) a fin de evitar el traslado al lugar de trabajo. El empleador podrá solicitarle la documentación
    que acredite la condición invocada, la cual será remitida por medios digitales, electrónicos y/o
    telefónicos.
  56. Los trabajadores/as cuyas tareas habituales puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento,
    deberán en el marco de la buena fe contractual, establecer las condiciones en que dicha labor será
    realizada, proveyendo los insumos necesarios para la tarea y un kit básico de higiene personal.
    I-Capacitación y concientización del personal
  57. Antes de reanudar las tareas difundir al personal el protocolo interno con todas las medidas de
    Higiene y Seguridad adoptadas por la Empresa para evitar el contagio y propagación del CONVID
    19.
  58. Utilizar los recursos que los organismos oficiales ponen disposición de las empresas para mantener
    informado al personal: cartelería y señalización sobre medidas de seguridad y recomendaciones de
    higiene.
  59. Colocar cartel provisto por la ART referente a tema Covid-19, según Resolución SRT N° 29/2020.
  60. Definir por sector una persona que sea referente con el objetivo de que se cumplan las normas
    básicas establecidas y que explique al personal la importancia de cumplirlas.
  61. Reforzar las medidas de higiene personal, en especial el lavado frecuente de manos.
  62. Evitar tocarse el rostro, ojos, nariz o boca.
  63. De ser posible reemplazar el uso de lentes de contacto por anteojos (de no ser posible, antes de
    manipular los lentes higienizar bien las manos) y evitar el uso de maquillajes.
  64. No compartir vasos, vajilla y mate. Utilizar descartables en caso de ser necesario. 9. Utilizar para
    desplazarse hacia el ámbito laboral desde el domicilio y viceversa, así como también en todo el
    Establecimiento protección naso bucal, tal como barbijo quirúrgico o similar, salvo en los sectores
    que por su naturaleza se requiera otro tipo de protección respiratoria debido a los contaminantes
    propios de la tarea. Se exceptuará de utilizarlo dentro de los vehículos cerrados si solo viaja una
    persona, no en transporte público.
    II-Registro de actuación de las Empresas. Facultades de Inspección, Supervisión y Control de las
    Autoridades Laborales y Sanitarias Competentes. Las Empresas deberán llevar un registro auditable
    de la implementación de cada una de las medidas y acciones previstas en este Protocolo de Higiene
    y Seguridad en el Trabajo. Dicho registro quedará a disposición de las autoridades laborales y
    sanitarias competentes que lo requieran.
    ANEXO II
    PROTOCOLO DE ESTABLECIMIENTOS PRODUCTIVOS DE CONFECCIÓN DE
    INDUMENTARIA Y AFINES, ACABADO DE PRODUCTOS TEXTILES Y DE LA INDUSTRIA
    DEL CALZADO Y AFINES DEL PARTIDO DE PERGAMINO
    Recomendaciones para desplazamientos hacia y desde el trabajo
    • En viajes cortos, se recomienda caminar o utilizar bicicleta para liberar espacio en el transporte público y
    así permitir que quienes no tengan otra alternativa de traslado puedan utilizar colectivos.
    • Mantener una buena higiene de manos antes, durante y después de los desplazamientos.
    • Utilizar un barbijo o tapabocas que cubra nariz y boca.
    • Recordar la importancia de conservar la distancia mínima recomendada de al menos 1,5 metros (e
    idealmente 2 metros).
    • Recomendar desplazarse provisto de un kit de higiene personal.
    • Disponer una limpieza frecuente de la ropa de trabajo y calzado.
    •Deben abstenerse de concurrir al trabajo: Trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años de
    edad, Trabajadoras embarazadas, Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo que define
    la autoridad sanitaria nacional.
    Recomendaciones en el lugar de trabajo
    •Cartelería o recomendaciones visuales: en todo momento es recomendable poner a disposición del público
    información sobre la adecuada higiene de manos y la apropiada higiene respiratoria o manejo de la tos ante
    la presencia de síntomas de una infección respiratoria. Las recomendaciones visuales suelen ser de utilidad
    como recordatorios en todos los puntos de acceso a las instalaciones. Se sugiere su ubicación en lugares
    fácilmente visibles para el público general, los trabajadores, visitantes.
    • Higienizar frecuentemente las manos.
    • Utilizar un barbijo o tapabocas que cubra nariz y boca.
    • Asegurar que el lugar de trabajo se encuentre limpio y ordenado. • Reforzar la limpieza de las superficies.
    • Ventilar, al menos una vez por día, los lugares de trabajo, al inicio y a la finalización de la jornada
    laboral.
    • Comprobar diariamente la ausencia de sintomatología y realizar un control de temperatura a la totalidad
    de los trabajadores y de terceros al momento de su ingreso al establecimiento con termómetros que no
    impliquen contacto físico. Prohibir el ingreso a quienes registren una temperatura igual o superior a 37,5°.
    • Establecer horarios de entrada y salida escalonados y siempre respetando el horario de cierre de la jornada
    a las 17:00hs dispuesto por Decreto 1173/20. Asegurar que se mantenga la distancia mínima de seguridad
    en los puntos de ingreso y egreso.
    • Re-organizar los turnos tomando en cuenta las recomendaciones que minimizan los contagios.
    • Minimizar la circulación de personal en los espacios comunes de los establecimientos (comedores, baños,
    entre otros).
    • Colocar y mantener sanitizantes (alcohol en gel o soluciones a base de alcohol), o bien establecer
    estaciones de lavado en todas las áreas comunes de trabajo.
    • Comunicar diariamente a los trabajadores acerca de las medidas de prevención dispuestas por las
    autoridades competentes y las acciones dispuestas en el lugar de trabajo.
    • Identificar a una persona por sector que se convierta en el referente de esta materia. El objetivo es la
    concientización y el cumplimiento de las normas básicas por parte de los trabajadores.
    • Estimular el uso individual (sin compartir) de computadoras, teléfonos fijos y celulares.
    • Estimular el uso de pañuelos de papel al toser o estornudar y descartarlos luego de su uso.
    • Estimular al personal a que, en caso de presentar síntomas respiratorios, no concurra a su lugar de trabajo.
    Si los síntomas comienzan en el lugar de trabajo, debe ofrecerse al trabajador un barbijo e indicar que
    regrese a su domicilio y contacte al servicio de salud.
    • Estimular el reemplazo del contacto directo por los métodos virtuales y/o telefónicos.
    • Estimular al máximo posible el trabajo en la modalidad remota.
    • Sectorizar el comedor de manera que se respeten las distancias de seguridad y prevención, realizando dos
    o más turnos, siempre integrados por los mismos trabajadores. Reforzar las medidas de limpieza en estos
    espacios garantizando distancia mínima de 1,5 (idealmente 2 metros) y una densidad no mayor a 1 persona
    cada 2,25 metros cuadrados. Desinfectar superficies (mesas, sillas, microondas) entre cada turno de
    comedor con elementos de limpieza apropiados.
    • Contemplar medidas de distancia para la entrega de productos y/o la recepción de materiales con los
    clientes o proveedores.
    Reuniones de trabajo
    • Promover la utilización de tecnologías de comunicación (llamadas, sistema de audioconferencias,
    videollamadas, etc.) para evitar reuniones presenciales.
    • Reducir y evaluar la suspensión de las reuniones presenciales con terceros. En caso de celebrarse, limitar
    el número de presentes y llevarlas a cabo en espacios que permitan cumplir con la distancia mínima entre
    cada asistente de 1,5 metros (o 2 metros en el ideal) y con una densidad no mayor a 1 persona cada 2,25
    metros cuadrados. Todos los asistentes deben usar barbijo o tapabocas en todo momento.
    • Limitar al mínimo indispensable las reuniones entre los trabajadores. En caso de extrema necesidad de
    encuentros presenciales, llevarlas a cabo en espacios que permitan cumplir con la distancia mínima entre
    cada asistente de 1,5 metros (o 2 metros en el ideal) y con una densidad no mayor a 1 persona cada 2,25
    metros cuadrados. Todos los asistentes deben usar barbijo o tapabocas en todo momento.
    Viajes al exterior.
    • Suspender los viajes al exterior por cuestiones laborales, hasta tanto las autoridades nacionales aconsejen
    reanudarlos.
    • En caso de regresar del exterior, el trabajador deberá abstenerse de concurrir al lugar de trabajo por los 14
    días posteriores a su regreso, dando cumplimiento al protocolo dispuesto por el Ministerio de Salud de la
    Nación al efecto.
    • Si un trabajador convive con alguna persona proveniente del exterior deberá contactar al área de salud de
    su jurisdicción y seguir las indicaciones que le sean dadas. Notificar al área correspondiente del lugar de
    trabajo.
    • Cualquier viaje personal al exterior deberá ser previamente comunicado al área correspondiente del lugar
    de trabajo.
    Actuación ante la presencia de signos y síntomas compatibles con COVID-19 dentro del ámbito
    laboral
    • Aislar al trabajador que presente síntomas compatibles con COVID-19 y proporcionarle un barbijo. Todo
    el personal que esté en contacto con el trabajador deberá utilizar barbijo, lentes y guantes. La persona que
    asista en forma directa o que permanezca a una distancia menor a 2 metros del trabajador sintomático
    deberá utilizar barbijo y protección ocular. En caso de contacto físico, será necesario utilizar camisolín y
    guantes.
    • Evitar el contacto personal con otros trabajadores.
    • Informar sobre la situación al área correspondiente en el lugar de trabajo.
    • La jurisdicción correspondiente, una vez que se confirme el caso positivo, se encargará de identificar a las
    personas con las que tuvo contacto el trabajador.
    • Realizar una desinfección del sector donde el trabajador estuvo en contacto siguiendo las
    recomendaciones establecidas por la Autoridad Sanitaria, utilizando el Equipo de Protección Personal
    (EPP) adecuado (compuesto por barbijo, lentes, cubre-calzado y guantes).
    • Comunicarse con los números de emergencia de la Municipalidad de Pergamino para seguir los
    protocolos del Ministerio de Salud de la Nación y de la provincia.
    • Reforzar la importancia del auto-monitoreo de síntomas y de no concurrir a trabajar sintomático.
    Actuación ante un caso positivo de coronavirus dentro del ámbito laboral.
    En caso de confirmarse un caso positivo de coronavirus de un trabajador que estuvo en el lugar de trabajo,
    se deberá inmediatamente cumplimentar las siguientes acciones para garantizar la salud de los trabajadores
    y la dimensión sanitaria del establecimiento:
    • Dar aviso inmediato y formal a las autoridades sanitarias competentes.
    •Aislar inmediatamente a los trabajadores con los que tuvo contacto el trabajador positivo, de acuerdo a las
    recomendaciones e instrucciones que imparta la autoridad sanitaria competente dependiente del Ministerio
    de Salud de la Nación y colaborar con dichas autoridades para el monitoreo de ese grupo.
    • Ejecutar inmediatamente un procedimiento especial e integral de limpieza y desinfección total que permita
    reiniciar la actividad en condiciones que no afecten la salud de los trabajadores. Contar con una guía de
    referencia para garantizar que el procedimiento de limpieza y desinfección sea efectivo. El personal de
    limpieza debe utilizar EPP apropiado.
    • Una vez finalizado procedimiento de limpieza y desinfección, se deberá comunicar a los restantes grupos
    de trabajo que deberán presentarse a trabajar en los horarios acordados para cada grupo. Reforzar la
    importancia del monitoreo y reporte de síntomas en los trabajadores, de no minimizarlos y de no concurrir a
    trabajar si presenta síntomas.
    • Previo a retomar las actividades, se deberá informar a los trabajadores sobre las acciones y medidas
    tomadas en consecuencia. El objetivo será transmitir tranquilidad y serenidad a los trabajadores en sus
    puestos de trabajo.
    • La empresa dispondrá de un equipo de contingencia adecuado para dar continuidad a las tareas
    correspondientes al grupo de trabajadores aislados hasta que hayan cumplimentado debidamente las
    recomendaciones de la autoridad sanitaria correspondiente para su posterior reincorporación.
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