Habilitan nuevos permisos para que los varados en el país puedan regresar a sus casas
A partir del 5 de mayo se informará quiénes están autorizados.
Nuevamente, el Gobierno nacional dispuso un «procedimiento para autorizar el trasladado excepcional» de personas, para que varados dentro del país puedan regresar a sus lugares de residencia de origen.
Mediante la Resolución Conjunta 3/2020, se dispuso volver a permitir que los varados dentro del país puedan regresar a sus hogares. Sin embargo, esto deberá ser aprobado por cada jurisdicción.
«Apruébase el procedimiento para autorizar el traslado excepcional de las personas que estén cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio en un domicilio distinto al de su residencia habitual» en el país y deseen regresar a sus hogares «a través de vehículos particulares», relata el comunicado.
Así, «se considerará domicilio de residencia habitual de las personas al indicado en su Documento Nacional de Identidad, a excepción de que pudieran acreditar que aquél ha variado mediante documentación fehaciente».
Sin embargo, estos podrían ser desaprobados por cada jurisdicción «en atención a la situación epidemiológica y sanitaria de la correspondiente».
En la puesta en marcha, «a partir del día martes 5 de mayo de 2020, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires informarán diariamente la nómina de personas para cuyo desplazamiento prestan conformidad, a través de una nota suscripta por el señor Gobernador, Gobernadora o el Jefe de Gobierno de CABA«, apunta el texto.
Por último, anunciaron que el «Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual» tendrá una vigencia de noventa y seis (96) horas computadas a partir de su emisión.
El anuncio mediante el Boletín Oficial lleva la firma de los ministros de Interior y Transporte, Eduardo de Pedro y Mario Meoni.
Auspicia:
GNC Andres – 3 de noviembre 954