Se reglamentó la nueva «Ley de góndolas» que ya rige en todo el país

ley de góndolas

Este martes se promulgó el decreto 268/2020 en el Boletín Oficial, que puso en vigencia la normativa sancionada el 28 de febrero en cuanto a la Ley de Góndolas. La nueva legislación pretende asegurar condiciones de competencia justa en el mercado, dando mayor participación a la producción artesanal y de pymes. El objetivo principal es contribuir a que los precios de productos esenciales  sean transparentes, competitivos y accesibles para los consumidores.

El decreto suscribe entre sus prioridades la necesidad de «Mantener la armonía y el equilibrio entre los operadores económicos alcanzados por la ley, con la finalidad de evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado». Para ello apela a «Ampliar la oferta de productos artesanales, regionales, nacionales producidos por las micro, pequeñas y medianas empresas; y productos del sector de la agricultura familiar, campesina e indígena».

Los establecimientos alcanzados por esta ley son aquellos supermercados que registren una facturación anual superior a $200 millones, es decir, cadenas nacionales, y grandes empresas regionales, además de locaciones virtuales de compra en página web, aplicación móvil, tiendas de comercio electrónico o similares. Todos ellos tienen un plazo de 120 días corridos para hacer las modificaciones que sea necesarias e implementar las disposiciones mencionadas. Según indica la ley «La autoridad de aplicación deberá, en el lapso de noventa (90) días, confeccionar un listado de las distintas categorías de productos alcanzados, y arbitrará los medios para su publicidad a la población en general. El listado deberá contener como mínimo la totalidad de productos de alimentos, bebidas, higiene y limpieza del hogar».

Entre las distintas regulaciones que se detallan en el texto, resaltan la prohibición de que una misma empresa ocupe más del 30% de la góndola con su productos o alquile el espacio disponible, la obligación de incorporar al menos cinco proveedores por categoría y asegurar que todos ellos estén visibles en las góndolas, en los exhibidores contiguos a las cajas se deberán presentar en un 50% del espacio productos elaborados por micro y pequeñas empresas nacionales y/o producidos por cooperativas y/o asociaciones mutuales.


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