La Defensoría recuerda que los Municipios no podrán exigir más el pago de multas para sacar o renovar el registro de conducir

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Ante la cantidad de reclamos recibidos, la Defensoría del Pueblo bonaerense recuerda que, tras una resolución elaborada por el organismo, ya no es necesario que los municipios requieran del pago de deudas sin sentencia firme a la hora de renovar las licencias de conducir.

Esta medida dispuesta por el gobierno Provincial, a través de su dirección de Política y Seguridad Vial, se originó en una resolución de la Defensoría que daba respuesta a las numerosas quejas relacionadas a la imposibilidad de obtener la renovación del carnet, en los distritos donde la gente posee sus domicilios, si existían deudas pendientes de cancelación.

Es por eso que ahora los municipios no deben obstaculizar la renovación del registro de conducir si el ciudadano posee infracciones constatadas o en trámite, sin sentencia firme.

Tras varias instancias judiciales el gobierno bonaerense comunicó a los 135 municipios de la Provincia que ya no podrán incluir como obligación para renovar el carné de conducir el libre deuda de infracciones.

De esta manera, la Justicia dio lugar a un reclamo lanzado por la Defensoría del Pueblo para que los conductores que quieran renovar el registro, no se vean obligados a pagar las infracciones de tránsito que no posean sentencia firme.

 

La inclusión del monto de libre deuda y las trabas a la expedición del carnét que ocasionaban las infracciones impagas, provocó un aluvión de quejas ante el Ombudsman de la Provincia de Buenos Aires, que realizó una presentación formal para que se termine con la exigencia. En respuesta al reclamo, la dirección de Seguridad Vial, emitió una circular a todas las comunas para que hagan cumplimiento efectivo de la sentencia judicial.

 

Aunque, en ese sentido, se adelantó que cada municipio deberá adecuar su estructura administrativa para quitar el cobro y discernir cuáles son las multas con sentencia firme que tiene cada conductor que pretenda renovar su licencia.

 

En ese sentido, en la circular, la Provincia deja en claro que “solo la existencia de multas impagas o inhabilitaciones vigentes, impuestas por sentencias firmes y consentidas impiden la obtención de la licencia de conducir”. Y, en ese marco, señala que “aquellos procedimientos donde solo existan infracciones constatadas y/o en trámite, no pueden obstaculizar la obtención de la licencia única de conducir”.

 

Regla:

 

El primer revés contra la regla que obligaba a pagar las infracciones de tránsito que no posean sentencia firme a quienes quieran renovar el registro, se dio en 2015, con un fallo de la Justicia de Mar del Plata, que consideró que “es inconstitucional” que se exija el libre de deuda por infracciones impagas para renovar el carnét de conducir argumentando que “no hay relación entre una deuda monetaria y las aptitudes del conductor”.

 

Ese fallo contradijo la actual ley que establece que todas las personas que tengan que iniciar el trámite de renovación, deberán obtener un certificado de libre deuda expedido por el Registro Único de Infractores de Tránsito (RUIT) y según fuentes oficiales, luego de atravesar todas las instancias judiciales, el freno quedó firme para todo el territorio bonaerense.

 

Registro único

 

El Registro Único de Infractores de Tránsito (RUIT) depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la provincia, que a través de los registros de antecedentes de tránsito, comunica las sanciones y las declaraciones de rebeldía, por lo que las renovaciones quedaban, hasta la sanción, ligadas a la existencia de una sentencia firme en relación a estas situaciones.

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