Locales-EL MUNICIPIO INTIMA A LA COOPERATIVA DE AYERZA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE CONCESIÓN

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A raíz de los reiterados reclamos de los vecinos de los barrios La Guarida y Luar Kayad en cuanto a las irregularidades que presenta el servicio ofrecido por la Cooperativa Eléctrica Limitada de Francisco Ayerza (CELFA), el Departamento Ejecutivo decidió intimar a dicha Cooperativa a que antes del 31 de octubre del corriente año presente ante la Municipalidad un “Plan de obras y trabajo” que asegure y satisfaga la normal provisión y disponibilidad de energía eléctrica en los mencionados barrios.

Si bien, días atrás se llevó a cabo una asamblea general extraordinaria donde los socios de la Cooperativa Eléctrica Limitada de Francisco Ayerza decidieron continuar con el servicio de la entidad, se han detectado, y es de público conocimiento, reiteradas denuncias de los usuarios por interrupción del servicio en lo que hace a la frecuencia y duración de la misma, como así también y en algunos casos, al bajo nivel de tensión de energía eléctrica suministrado.

Por este motivo, el Ejecutivo solicita que dicha entidad lleve regularmente un “libro de quejas” foliado y rubricado por el Organismo de Control con el fin de que el usuario haga constar observaciones, críticas o reclamos respecto del servicio.

Asimismo, deberá efectuar un relevamiento y registro de las eventuales interrupciones del servicio (frecuencia y duración), como así también inconvenientes en el nivel de tensión, información que deberá quedar a disposición del OCEBA (Organismo de Control de la Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires) y de la Municipalidad.

Cabe aclarar que el informe suministrado por el OCEBA indica que “[…] como resultado de las auditorías técnicas realizadas, se puso claramente de manifiesto que tal problemática reconocía como su principal origen la particular situación de vinculación eléctrica que se configura entre la Cooperativa Eléctrica de Pergamino Ltda. (CELP) y del sistema de distribución de la EX – UCRE que actualmente es operado por la misma y el resto de las Cooperativas Rurales del Partido, incluida la Cooperativa Eléctrica de Ayerza Ltda., entre los que se da una suerte de cascada de vinculaciones entre Distribuidoras que deriva en que, fallas ocurridas sobre las redes de unos repercutan sobre otros […]”

A su vez, la Cooperativa Eléctrica de Ayerza reconoce los cortes del servicio, aunque deslinda responsabilidades en la CELP, invocando en su caso distintas causales que igualan en la calidad del servicio prestado a los propios socios con sus vecinos del mismo barrio (ruta 188 mediante) que tienen otro proveedor de energía eléctrica, otras palabras invocan causales externas a su distribución.  

En tanto la CELP informó que proveyó a la Cooperativa de Ayerza la totalidad de los materiales para concretar las obras necesarias destinadas a efectivizar la conexión al suministro de energía eléctrica. Además aseguró que la obra finalizó hace aproximadamente dos meses y que desde entonces se está proveyendo energía eléctrica a la Cooperativa de Ayerza por medio de la sub estación Quelteu (Pergamino).

CONTRATO DE CONCESIÓN

Es importante destacar que la Cooperativa de Ayerza se encuentra prestando un servicio público a través de un contrato de concesión suscripto con esta comuna, del que se desprende que “los concesionarios de servicios públicos deberán satisfacer toda demanda de servicios que les sea requerida por los usuarios radicados dentro de su área de concesión, de acuerdo con los términos de los contratos de concesión correspondientes”

Una de las cláusulas obliga a la concesionaria a satisfacer toda demanda de suministro del servicio público en el área de concesión; a adoptar las medidas necesarias para asegurar la provisión y disponibilidad de energía eléctrica; y a efectuar las inversiones y realizar el mantenimiento necesario para garantizar los niveles de calidad del servicio.

Dentro del contrato de concesión también se establece que “la concesionaria deberá extremar sus esfuerzos para brindar a sus clientes una atención comercial satisfactoria, facilitando las tramitaciones que deban realizar los clientes, atendiendo y dando adecuada solución a las reclamaciones recibidas, y disponiendo de un centro de atención telefónica para la recepción de reclamos por falta de suministro las veinticuatro (24) horas del día”

También se deja en claro en el contrato de concesión que “es exclusiva responsabilidad de la concesionaria realizar las inversiones necesarias para asegurar la prestación del servicio público, así como la de celebrar los contratos de compraventa de energía en bloque que considere necesarios para cubrir el incremento de demanda dentro de su área de concesión”

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