Locales-Condenaron a 18 años a un hombre por la muerte de Podevyls

Jorge Abel Romero Navarro, alias “El melli”, fue hallado penalmente responsable de la muerte de José Miguel Podevyls, ocurrida el 19 de octubre de 2013, en calle Chilavert entre Córdoba y Laprida. El Tribual Oral Nº 1 integrado por los jueces Guillermo Burrone, Danilo Cuesta y Gloria Aboud consideraron que había pruebas suficientes.

El Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Pergamino condenó ayer a Jorge Abel Romero Navarro (alias “El melli”), de 33 años de edad, a la pena de 18 años de prisión por el homicidio de José Miguel Podevyls, ocurrido “a sangre fría” el 19 de octubre de 2013, aproximadamente a las 21:30, frente a un almacén ubicado en calle Chilavert entre Córdoba y Laprida.

El Tribunal, integrado por los jueces Guillermo Burrone, Danilo Cuesta y Gloria Aboud halló a Romero Navarro autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego”.

El encartado no asistió a la lectura del fallo, por lo que la audiencia ordenada para tal fin prevista para ayer no se realizó, siendo notificado de la condena a través de su patrocinante legal. La Fiscalía, a través del doctor Horacio Lasarte, había pedido 20 años de prisión.

Pruebas contundentes

Para el Tribunal se encuentra plenamente acreditado, con las pruebas rendidas en el debate, complementada con las constancias de la instrucción incorporadas por lectura mediante acuerdo de partes, que el día 19 de octubre de 2013, en horas de la noche, aproximadamente 21:30, José Miguel Podevyls y su sobrino Nicolás Agustín Aguero, se dirigieron al comercio del rubro almacén ubicado en calle Chilavert entre Córdoba y Laprida de este medio, a bordo de una motocicleta conducida por Podevyls.

Una vez en el lugar y luego de que su sobrino descendiera de la moto e ingresara al comercio, un sujeto que se encontraba en la puerta mientras su pareja realizaba una compra en el lugar se acerca a José Miguel Podevyls quien se encontraba sentado a bordo de su motocicleta. Tras una breve conversación, este sujeto le preguntó si era “el Colo” y ante la respuesta afirmativa de Podevyls, comenzó a revisarlo mientras le manifestaba “vos también estás entierrado”.

Una vez que lo había revisado, le aplicó un golpe de puño en el rostro y tras manifestarle “tus hermanos tiraron tiros a mi casa”, le efectuó otro golpe. Al ser golpeado, Podevyls intentó descender de la motocicleta y al incorporarse, este sujeto extrajo de entre sus ropas un arma de fuego con la que le efectuó tres disparos, dos de ellos en la zona del tórax y el restante en rodilla derecha provocándole la muerte de manera inmediata por paro cardiorespiratorio traumático como consecuencia de herida de arma de fuego, produciendo shock hipovolémico y cardiogénico.

Con Podevyls en el suelo, este sujeto se dio a la fuga corriendo por calle Chilavert en dirección a calle Córdoba, mientras gritaba amenazante “para el que habla también va”.

La autopsia

Para proceder al veredicto condenatorio, los jueces estimaron importante destacar datos relevantes que aportó el informe de autopsia y que ilustran el modo en que se desplegó la conducta homicida. 

En efecto, el dictamen destaca que el disparo que ingresó en la zona del tórax, más concretamente en hemitórax izquierdo, en su recorrido comprometió el pulmón izquierdo, la arteria aorta, vértebra dorsal y pulmón derecho y su trayectoria fue de izquierda a derecha, de adelante hacia atrás y levemente de arriba hacia abajo, saliendo del tórax por región dorsal de hemitórax derecho. El informe médico complementario incorporado por lectura al debate por acuerdo de partes, confirmó idénticas lesiones vitales y la causa de la muerte.

Testigos

A la categórica evidencia analizada, se añadieron las declaraciones testimoniales de las personas que ocasionalmente se encontraban en las cercanías del lugar en el que ocurrió este luctuoso episodio. Todos ellos confirmaron, en lo esencial y de acuerdo al tramo del suceso que pudieron observar, la ocurrencia de ilícito tal como fue descrito.

Oscar Ovidio Podevyls, padre de la víctima, relató que estaba en su casa distante aproximadamente a dos cuadras y media del lugar cuando escuchó al menos dos disparos y que al poco tiempo vino el sobrino de su nuera y le avisó. Inmediatamente concurrió al lugar en el que ya se había congregado mucha gente y decían que conocían al agresor, quien ya no estaba en el lugar. Por último agregó que su hijo no tenía antecedentes y que no tenía conocimiento de algún conflicto previo de la víctima con el agresor.

Por su parte, el joven sobrino de la víctima y con quien había concurrido al almacén, manifestó que concurrieron al negocio a fin de realizar una carga virtual a su teléfono celular y que el bajó e ingresó al negocio mientras su tío quedó a bordo del ciclomotor. Pese a que incurrió en algunas discrepancias con respecto a su declaración prestada en sede prevencional en el curso del debate se mostró veraz, sincero y contundente en sus afirmaciones. Además de lo ya expuesto, afirmó que en el lugar se encontraba una persona a quien conocía del barrio que se dirigió hacia su tío, le preguntó si era “el Colo” a lo que este respondió que si y lo revisó para detectar si tenía armas. Luego le pegó una trompada y cuando Podevyls intentó bajar de la moto, sacó un arma de su cintura y le disparó, momento en el que su tío cae y le vuelve a disparar. En ese momento el agresor le expresó “esto es por tu hermano” y salió corriendo por calle Córdoba junto a su mujer que se encontraba en el comercio.

Otro testigo, aunque desde otro ángulo, brindó un relato similar. Dijo que que el imputado, a quien conoce del barrio, concurrió al almacén en cuestión en compañía de su mujer. Luego entró alguien más y salió, y luego escuchó los disparos y al agresor salir corriendo al igual que su mujer que estaba en el negocio. Antes de alejarse, el agresor manifestó “así terminan estos” y apuró a su señora.

Agregó a lo anterior, que pudo ver cuando la persona que estaba en la moto cayó luego de escuchar el disparo y que inmediatamente llamó a la ambulancia.

Otra persona ajena al episodio que pudo observar la totalidad de lo ocurrido, expresó que es vecino del comercio y se encontraba a bordo de su automóvil esperando a su nieto y a punto de salir, cuando observa que llega una moto con dos personas a bordo y que uno de ellos ingresa al negocio mientras el restante quedó en el ciclomotor. En el mismo momento, el agresor a quien dijo conocer y que a esa altura se encontraba sentado sobre un bolsón de arena se le acercó y lo increpó, luego sintió un disparo y vio que la persona que estaba en la moto se desplomó.

Agregó a sus dichos, que los dos disparos fueron con la víctima de pie y que del segundo pudo ver el “fogonazo”. Por último manifestó que el agresor salió caminando, apuró a su mujer, lo insultó y luego comenzó a correr sin escuchar sus expresiones.

Se entregó

La evidencia más importante que tomó en cuenta el Tribunal para acreditar la responsabilidad de Romero Navarro fue que el imputado se entregó en sede policial tras cometer el hecho en cuestión. También consideró el Tribunal que el relato expuesto por el imputado y sus imprecisiones, no hicieron más que confirmar y darle plena entidad a los dichos de los testigos que presenciaron las alternativas del episodio.

En cuanto a las causas, el Tribunal consideró que si bien miembros de ambas familias habían tenido algún tipo de enfrentamientos, inclusive con el uso de armas de fuego, la víctima no había participado de los mismos, ni contaba con ningún antecedente penal, por lo que no podía ser tenida en cuenta una enemistad como atenuante de la conducta homicida.

La Opinion

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