Locales-Condenan a un año de prisión a dueño de geriátrico donde murió un anciano
Un empresario de 59 años fue condenado por el juez Carlos Picco por Homicidio Culposo por la responsabilidad en el accidente fatal sufrido por un residente de un asilo de avenida Colón y San Martín a fines de julio de 2017.

El juez Carlos Picco condenó a un año de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación al dueño de un geriátrico por la muerte de un residente en las instalaciones de avenida Colón y San Martín a fines de julio de 2017.
El jueves en el Juzgado Correccional 1 de Picco dieron a conocer la sentencia condenatoria de un juicio abreviado celebrado recientemente.
La condena por el delito de homicidio culposo recayó sobre un hombre de 59 años a quien el fiscal Nelson Mastorchio logró acreditarle la responsabilidad basado en distintas pruebas.
La víctima fatal fue Basílico Parra Bogarín; quien se encontraba en la sala de estar del asilo junto a otros residentes el lunes 30 de julio de 2017 a la mañana.
A las 9:00 abrió la puerta que comunicaba al sótano a través de una escalera y cayó de una altura de 2,20 metros.
En la Fiscalía 3 de Mastorchio lograron acreditar cronológicamente esa jornada porque en la instrucción determinaron que a las 10:40 fue trasladado al Hospital “San José”, donde determinaron un traumatismo de tórax.
Dentro del centro de salud fue derivado a la sala de cuidados intensivos a las dos de la tarde y a las ocho de la noche perdió la vida como consecuencia de las lesiones sufridas en el accidente.
Técnicamente está definida la causa de su fallecimiento por un paro cardíaco por shock hipovolémico y trauma de tórax.
El hijo de adulto fallecido fue quien realizó la denuncia para que se investiga la responsabilidad que puede haber tenido el dueño del geriátrico en la muerte de su padre.
El geriátrico funcionaba con el nombre de fantasía “La Casa de Norma 2” no estaba habilitado por el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires ni habían requerido tal habilitación.
En la pena impuesta por el juez Picco establece una inhabilitación de cinco años para explotar establecimientos geriátricos o lugares que requieran el cuidado de personas.
Fuente: Semanario del Tiempo
