HISTÓRICO FALLO POR AGROQUÍMICOS: La Justicia absolvió a todos los productores rurales, condenó a exfuncionarios y apuntó contra el Municipio de Pergamino
El Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario dictó sentencia en la causa que marcó un hito en el país. Aunque se demostró el daño a la salud de los vecinos, los productores fueron absueltos por «falta de pruebas en el dolo». En tanto, dos exdirectores locales recibieron penas de prisión condicional por controles ineficaces y ordenaron investigar la gestión del intendente Javier Martínez.
En una resolución unánime que sacude los cimientos políticos y productivos de nuestra ciudad, el Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario dictó sentencia este jueves en el histórico juicio por fumigaciones con agroquímicos en Pergamino. Tras cinco meses de debate oral, la Justicia Federal resolvió absolver a todos los productores rurales, al ingeniero agrónomo y al aplicador que llegaron imputados al banquillo por contaminación ambiental.
La contraescala del fallo llegó por el lado del control estatal: los jueces condenaron a dos exfuncionarios de la Municipalidad de Pergamino por incumplimiento de los deberes de funcionario público y pidieron que la Justicia ordinaria investigue penalmente las responsabilidades del entorno directo del intendente Javier Martínez.
Un duro mensaje para el Municipio: Condenas e investigación a la gestión
El tribunal no ahorró críticas hacia el rol del Estado local en la Dirección de Ambiente Rural durante el periodo investigado (2011-2019). El exdirector del área, Guillermo Naranjo, y el auditor Mario Tocalini fueron condenados a dos años de prisión de ejecución condicional y cuatro años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
Al respecto, el presidente del tribunal, Román Pablo Lanzón, fue tajante: la actuación de los condenados estuvo “en las antípodas de lo esperado para un funcionario público”. En sus fundamentos, el magistrado concluyó que “la ineficacia de los controles estatales fue lo que produjo los resultados dañosos para la salud de las personas”.
A raíz de esto, el tribunal ordenó remitir copias de las actuaciones al Ministerio Público Fiscal de San Nicolás para que se investigue formalmente el accionar del intendente Javier Martínez y otros integrantes de la cúpula municipal respecto al funcionamiento y control de las aplicaciones de fitosanitarios.
Daños en la salud probados, pero productores absueltos
La particularidad del fallo generará profundos debates teóricos y sociales. Por un lado, la Justicia Federal dejó acreditado científicamente que la exposición a agroquímicos provocó daños reales en la salud de Sabrina Ortiz, su familia y vecinos de los barrios periurbanos afectados. Incluso convalidaron que el término “agrotóxicos” se corresponde con la prueba científica producida.
Sin embargo, en el plano estrictamente penal, los jueces determinaron que ni la fiscalía ni la querella lograron probar que los productores hubieran actuado con dolo o violando las normativas de la Ley de Residuos Peligrosos. Lanzón calificó el alegato acusador como «plagado de generalidades, abstracciones y conclusiones sin sustento probatorio».
Bajo este criterio, resultaron totalmente absueltos:
- Fernando Cortese (para quien la fiscalía pedía la mayor pena: 4 años y tres meses de prisión efectiva; absuelto también del cargo de amenazas por el beneficio de la duda).
- Mario Reinero Roces y Víctor Tiribó (la fiscalía pedía 4 años de prisión efectiva).
- Hugo Sabatini, Carlos Sabatini, José Luis Grattone y Cristian Taboada.
Sigue vigente la restricción de fumigaciones (1.095 metros)
Para llevar tranquilidad a los sectores movilizados, el Tribunal Oral Federal resolvió mantener firme la medida cautelar que rige desde 2019. De este modo, continuará la prohibición de realizar aplicaciones terrestres a menos de 1.095 metros y aéreas a menos de 3.000 metros de las zonas urbanas de Pergamino hasta que el fallo pase por todas las instancias de revisión.
Rechazando los planteos de convertir estos límites en definitivos o ampliarlos a escuelas rurales mediante sentencia penal, el juez Lanzón sugirió que los debates de distancias técnicas deben darse en ámbitos institucionales de diálogo que incluyan al municipio, organizaciones civiles y entidades ambientales.
«Un juez penal no es un superhéroe que está para satisfacer los deseos de la sociedad de alcanzar algo más justo. Está para hacer cumplir el derecho y la ley», cerró el magistrado, intentando separar el fallo de la histórica polarización entre el sector agropecuario y las organizaciones ambientalistas.
