Locales-Caza Perejiles, denuncian radares móviles sin identificar, ¿que dice la ley?

Varios vecinos hicieron llegar a nuestra redacción la denuncia sobre un móvil de seguridad vial que se encuentra apostado en la banquina del puente del Arroyo Pergamino.
El mismo es un radar móvil que realiza fotomultas, las quejas son sobre la mala ubicación (banquina) y la falta de señalización correspondiente para este tipo de operativos, que para ser genuinos debe tener (conos y carteles, indicando la presencia del radar )

¿Qué dice la Ley?:

Cabe recordar que en la Provincia de Buenos Aires, a través del artículo 28 bis (artículo Incorporado por Ley 14246) con la que el Gobierno provincial adhirió a la Ley Nacional de Tránsito, se indica que los instrumentos cinemómetros, fijos o móviles, deben señalizarse verticalmente su existencia con una antelación mínima de 500 metros a la zona de alcance de los elementos de detección de infracciones del equipo de que se trate.

La normativa precisa que la señalización deberá ser claramente individualizada por los conductores y deberá contener la velocidad máxima a respetar en el tramo comprendido. El incumplimiento de las medidas referenciadas en el presente artículo, hará que las actas de infracciones y/o fotomultas generadas, sean nulas de nulidad absoluta y carentes de vínculo jurídico exigible para su efectivo cumplimiento y pago.

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