Icono del sitio

La Anmat prohibió un termo, un alfajor, una lata de choclos y una yerba con escherichia coli y salmonella

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de un termo, una yerba mate, choclo en granos y un alfajor sin gluten.  

Bajo la disposición 1336/2020, la entidad informó que los «Termos Acero Inoxidable, nombre de fantasía: Romania, Termo mate, marca: Romania, Inox Termo Mate MAT-45, nuevo diseño, Made in RPC», luego de que una muestra de laboratorio, arrojara que el producto contenía 1,6% de impurezas constituidas por cobre, con lo cual no cumplía con las especificaciones de la normativa vigente. 

Luego, a través de la disposición 1337/2020, la administración también prohibió «Choclo amarillo en granos, marca San Remo, lote NSOCOI, vto 23/10/22, RNPA  027-00-005874, RNE Nº00000467″, después de que la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba interviniera preventivamente 92.688 unidades de latas del producto investigado. 

Las pruebas de laboratorio dieron como resultado que el producto no es apto para consumo ya que se observó el envase y su tapa hinchado y óxido en su punto de cierre, al abrirlo se evidenció liberación de gas, líquido espeso con alta densidad y abundante sólidos con poca cantidad de granos de choclo y olor ácido intenso putrefacto. Se detectó la presencia de Bacilluys Cereus y Anaerobios Sulfitos Reductores. 

En la disposición 1385/2020, la Anmat prohibió el uso, la comercialización y distribución de «Hierbas serranas con Yerba Mate, marca Hierbital, Mezcla de Poleo, Yerba mate, peperina, menta y cedrón, Cont.neto 500 g, RNPA  04-045124, RNE N°04-001868, elaborada y fraccionada por: Avaro Hnos. SRL Av. Presidente Perón  2936 Villa María, Córdoba», con fecha de elaboración septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2019 hasta el 14 de enero de 2020 inclusive. 

Tras un análisis microbiológico y físicoquímico se informó que se detectó la presencia de Salmonella Spp y valores de recuento de Escherichia Coli y esporas de Bacillus Cereus. 

Por último, en la disposición 1386/2020, señala la prohibición de «Alfajor de chocolate negro relleno de crema de avellanas» y «Alfajor de chocolate negro relleno de mousse de chocolate», que consignan en su rótulo el símbolo de alimento libre de gluten «sin TACC», ambos marca Piache RNPA  Expte  2019-10438548, por no cumplir con la normativa alimentaria vigente. 

 

Auspicia:

GNC Andres – 3 de noviembre 954

 

Comentarios en Facebook
Salir de la versión móvil