Aprobaron Ley de Paritarias Municipales

En Diputados, se votó afirmativamente el proyecto que lleva a la órbita municipal la discusión de paritarias. Se hicieron modificaciones.

Finalmente se aprobó, en la Cámara de Diputados, el proyecto de ley de Paritarias Municipales, pues, tras alcanzar acuerdos en lo concerniente a las modificaciones, los bloques del Frente para la Victoria y la alianza FaUnen decidieron apoyarlo.

Se hicieron algunas modificaciones, puntualmente al artículo 58, permitiendo el ingreso, en la discusión, de los gremios nacionales.

Votaron en contra el Frente Renovador y el diputado Christian Castillo, del Partido de los Trabajadores Socialistas, quien argumentó que las paritarias, a su juicio, deben ser a nivel provincial y no municipal.

Se creará, asimismo, el Consejo Consultivo y asesor del empleo municipal de carácter no vinculante, que se reunirá obligatoriamente dos veces al año; la primera durante el primer trimestre de cada año y será aplicable a todas las municipalidades y sus empleados.

Hernán Doval, diputado del FpV y autor del proyecto, marcó: “Esta ley restituye y amplía derechos y otorga por primera vez en la historia paritarias para los empleados municipales“. Además, el legislador criticó la legislación anterior, que es derogada con la nueva normativa, y disparó implícitamente contra el massismo que no acompañó la ley.

Las gradas de la cámara baja estuvieron ocupadas por gran cantidad de trabajadores municipales que insultaron al líder de la Federación de Sindicatos Municipales de la Provincia de Buenos Aires (FSMPBA), Oscar Ruggiero, cuando éste tomó la palabra, por considerar que su sindicato no había militado la norma. Por su parte, Rubén “Cholo” García, secretario general de la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerense (FeSiMuBo) se mostró muy emocionado tras la aprobación.

El proyecto divide la ley en tres ejes centrales: los dos primeros constituyen el marco regulatorio del Estatuto del Empleado Municipal, y en el tercero aparecen los artículos supletorios, que establecen el régimen laboral en tanto y en cuanto la comuna carezca de la ordenanza pertinente. Al final del segundo capítulo, un artículo establece la derogación de la ley 11.757, es decir, el estatuto vigente.

  • Capítulo I, régimen marco

-Exclusiones
-Admisibilidad
-Ingreso
-Inhabilidades
-Autoridad de aplicación
-Estabilidad y período de prueba
-Situación de revista
-Derechos del trabajador
-Indemnizaciones
-Carrera municipal
-Asistencia sanitaria
-Jubilación
-Procedimiento sumarial

  • Capítulo II, negociación colectiva

-Derecho a las paritarias
-Instancia de negociación provincial
-Creación del Consejo provincial
-Instancia de negociación municipal

  • Capítulo III, régimen supletorio

-Antigüedad
-Licencias
-Obligaciones para el trabajador
-Planta de personal
-Retribuciones y compensaciones
-Régimen horario
-Juntas de ascenso, calificación y disciplina
-Régimen disciplinario

Disposición transitoria para una ayuda provincial:
El texto de la ley contempla una disposición transitoria por la cual, durante el primer año de vigencia de la norma, el gobierno de la Provincia puede destinar partidas para auxiliar a municipios que necesiten cubrir la plantilla de sueldos.

Este artículo con fecha de caducidad todavía es discutido en la Legislatura. Algunos representantes del Conurbano pidieron que fuera excluido de la ley. Por el contrario, diputados alineados con intendentes del interior lo consideran clave para acompañar el proyecto, porque vislumbran dificultades económicas tras las primeras paritarias bajo esta normativa. Lo más discutido fue el tema de la paritaria provincial; la ley contempla dos paritarias: la provincial y la municipal.

(Fuente:LaTecla.Info)

Comentarios en Facebook

Deja una respuesta

error: Por favor no copie el contenido, compártalo desde su link, gracias !!