Locales-Comenzó a regir la norma para los motociclistas, ¿cuanto cuesta el tramite?

A partir de este domingo 1º de junio en Pergamino, comenzó a regir la ley para los acompañantes de motos, quienes deberán llevar obligatoriamente cascos y chalecos refractarios con el dominio del vehículo impreso. Motociclistas se oponen a la medida y realizaron varias  movilizaciones sin  embargo habrá sanciones para quienes incumplan la normativa.

La normativa, que ya era aplicada en varias ciudades de la provincia, encendió en Pergamino un largo debate entre los usuarios de motos.

Cuando se conoció la obligatoriedad del chaleco impulsada por Scioli, el 15 de abril, y ante su inminente reglamentación, un grupo de motoqueros realizó varias protestas y llevó el reclamo al  Municipio pero no tuvo respuesta, por lo que Gobierno local se suma a otros territorios bonaerenses donde ya aplican sanciones a quienes no lleven el casco y el chaleco debidamente identificado.

La medida se fundamenta en que “el chaleco refractario procurará una mejor identificación del conductor y su acompañante tanto en horas del día como de la noche, brindado mayor protección al aumentar la visibilidad de quien transita”, al tiempo que se presume que “el uso del casco contribuirá a disminuir la gravedad de las lesiones en siniestros de tránsito”.

¿Como y donde se tramita la identificación de  el casco  y  el  chaleco?¿Que  valores tiene?

Pergamino  verdad recorrió  diferentes  comercios  y  pudo  comprobar  que  los  precios  varían considerablemente.

Para quien tenga  que  comprar  casco  los  valores  rondan entre los $400 a $1800  dependiendo  la  calidad, en cuanto  a los  chalecos refractarios los  mismos oscilan entre los $50 y los $150.

Pergamino Verdad se  entrevisto  con Luis Buroni , titular  de  rótulos «BURONI», Quien  nos  asesoro sobre como se  realiza  el  tramite.

P.V.: ¿Como  se  realiza  el tramite,  cuales son los  requisitos?

L.B.: El Motociclista  debe  presentarse con  una  fotocopia  de la  tarjeta  verde  del  motovehiculo , para poder  acreditar  la propiedad  de la  moto.

P.V.:¿Es  necesario  ser  el  titular  de la  moto?

L.B: No , solamente  con presentar  la  cédula  verde  y  acreditar  de  esta  manera  que  es el  dueño se  realizan  las  impresiones.

P.V.: ¿Cuanto  es  el  tiempo  que  demora , el  rotulado  del  casco  y  la  impresión del  chaleco?

L.B.:Normalmente el trabajo  se  realiza de  un  día  para  el  otro , igualmente  nosotros  pedimos  a los  motociclistas  que  llamen previamente  para  solicitar  un  turno, dado que  la  demanda  en estos  días  a  crecido  significativamente.

P.V.:¿Cual  es  el  dinero  que  tiene  que  desembolsar  el  motociclista  para  estar  en regla?

L.B.:El rotulado del  casco  tiene  un valor  de $40 , y  la  impresión  en el  chaleco  es  de $55.

Por  consultas:

Rotulo Buroni-Conscripto Silva 360

Tel: 02477- 416133

Movil: 02477-15-451877 o 15-556277

 

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1 pensamiento sobre “Locales-Comenzó a regir la norma para los motociclistas, ¿cuanto cuesta el tramite?

  1. RESOLUCIÓN Nº 224/14
    Buenos Aires rige la Ley N° 13.927;
    Que el artículo 48 de la norma legal referida establece que “los conductores y acompañantes de motocicletas, ciclomotores y triciclos motorizados deberán circular con casco reglamentario y chaleco reflectante, los cuales tendrán impreso, en forma legible, el dominio del vehículo que conducen” y que “su incumplimiento será considerado falta grave”;
    A.2. La dimensión mínima de cada letra y número será de tres centímetros (3 cm.) de alto, dos centímetros (2 cm.) de ancho y el ancho interno de cada letra y número de medio centímetro (0.5 cm.).
    A.3. La identificación dominial será adherida en los laterales derecho e izquierdo del casco reglamentario de conformidad con las características técnicas establecidas en A.2.
    B.1. El color del fondo del chaleco será amarillo puro, amarillo arena o amarillo naranja y tendrá por lo menos dos bandas blancas reflectantes horizontales en la parte superior anterior y posterior de cinco centímetros (5 cm.) de ancho y con una separación entre ellas de catorce centímetros (14 cm.). En medio de las bandas reflectantes llevará impreso en letras y números blancos reflectantes, el número de dominio del vehículo.
    B.2. La dimensión mínima de cada letra y número será de diez centímetros (10 cm.) de alto, seis centímetros (6 cm.) de ancho y el ancho interno de cada letra y número de un centímetro y medio (1.5 cm.).
    B.3. Su tamaño deberá ser como mínimo de sesenta centímetros (60 cm.) de largo y treinta y cinco centímetros (35 cm.) de ancho.
    B.4. Las bandas reflectantes deberán tener como mínimo una retroreflectividad de trescientos treinta candelas lux por metro cuadrado (330 cd/lx m2).
    La Ley !

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