Locales-Condenaron a una pareja por un homicidio ocurrido en un bar

juez-federal

Los jueces Danilo Cuestas, Miguel Ángel Gaspari y Alicia Luppi impusieron la pena de 11 años de prisión para Rosendo Ramón López y cuatro años para Patricia Fernanda Leal por asesinar a Antonio Domingo Retamal en un bar del barrio Otero el 26 de marzo de 2016.

Los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 condenaron a once años a un hombre y a cuatro años a su mujer por participar del ataque fatal al parroquiano de un bar del barrio Oteroa en la noche del sábado 26 de marzo del año pasado.

Los jueces Danilo Cuestas, Miguel Ángel Gaspari y Alicia Luppi impusieron la pena de 11 años de prisión para Rosendo Ramón López y cuatro años para Patricia Fernanda Leal por asesinar a Antonio Domingo Retamal.

En este caso la acusación, a cargo de la fiscal Alejandra Ghiotti (UFIyJ N° 7) y el abogado defensor, Aquilino Giacomelli, coincidieron en que López y Leal fueron los autores del ataque fatal, pero discutieron la calificación legal en que deben encuadrarse los hechos.

Para la fiscal Ghiotti se trató de un homicidio simple, donde el hombre tuvo la mayor responsabilidad por acestarle la puñalada fatal que le ingresó por el pecho y lesionó el corazón de Retamal; en tanto Leal sería menos responsable porque el puñal esgrimido por ella sólo le lesionó el brazo.

Por el contrario, el abogado Giacomelli expuso los argumentos por los cuales los jueces deberían encuadrar o sucedido en la figura penal del exceso en la legítima defensa.

A las 23:30 de ese sábado en el bar de Bianconi 2.570 Retamal se encontraba jugando un partido de truco con otros parroquianos cuando ingresaron los integrantes de la pareja al local del barrio Otero.

Una vez que terminó la partida Retamal agredió verbalmente a López llamándolo por el mote de «matavieja», mediante el cual también lo involucraba en una situación criminal anterior. La mujer respondió a esa provocación con un interrogante: «¿Vos sos justiciero?»; según relataron los testigos. Aparentemente todo terminaba ahí porque la pareja decidió retirarse. Pero al instante regresaron empuñando cada uno de ellos un cuchillo y el bufetero no pudo evitar que volvieran a ingresar por más que intentó cerrales la perta de acceso.

Retamal tomó una silla para utilizar como escudo y protegerse del ataque del hombre y la mujer. La primera en atacar fue la mujer y la víctima se protegió parcialmente y la lesión del puñal sólo le lesionó el brazo. Al protegerse dejó libre un flanco de su cuerpo y esto fue aprovechado por López, quien lo apuñaló en el pecho y el cuchillo ingresó 17 centímetros; tal como lo describieron los peritos médicos intervinientes. Instantes después falleció Retamal y los agresores escaparon rápidamente.

Horas después se entregaron a la Justicia y se sometieron a la instrucción judicial de la fiscal Ghiotti. Esta actitud fue valorada como un atenuante al momento de dictar sentencia.

Los jueces determinaron que de los testimonios surge que la víctima no era una persona agresiva y con esto refutaron lo que los imputados relataron sobre un forcejeo previo iniciado por Retamal.

«La peligrosidad evidenciada por Lopez  al ultimar a la víctima mediante una puñalada que le ingresó a una profundidad de diecisiete centímetros, como reacción o venganza desproporcionada a un insulto o agravio calumnioso, es una circunstancia que debe ser considerada como agravante de la pena a imponer», consideró el juez Gaspari y coincidieron los magistrados Cuestas y Luppi.

López cumple la detención en una unidad penal bonaerense y Leal está con el beneficio de arresto domiciliario.

Fuente Semanario el tiempo

Comentarios en Facebook

Deja una respuesta

error: Por favor no copie el contenido, compártalo desde su link, gracias !!