Locales-Pacini vetó el controvertido artículo Nº 6 de la ordenanza de fitosanitarios

 
Omar Pacini. (LA OPINION)

El intendente se tomó hasta el último día de plazo para formalizar la decisión. En general promulgó lo que había aprobado el Concejo Deliberante pero rechazó los 100 metros de zona de exclusión para fumigar. En cambio propuso dicha área se reduzca a 50 metros del sector urbano. Ahora el asunto vuelve al HCD.

El intendente Omar Pacini decidió promulgar la ordenanza Nº 8126/14 referida a la aplicación de productos fitosanitarios en el Partido de Pergamino, aunque con el veto parcial del artículo sexto de dicha norma, que era al punto conflictivo del expediente que había sido aprobado por el Concejo Deliberante a fines del año pasado.

En efecto, el Ejecutivo propone que se reduzca a 50 metros o menos del sector urbano, la zona de exclusión para la aplicación de los referidos productos, en vez de que los metros sean 100 que es la medida que establece la norma que aprobó el cuerpo legislativo.

Ahora deben ser los concejales los que avalen o rechacen la modificación propuesta por el Ejecutivo, y se presume de antemano que habrá diferentes puntos de vistas antes de llegar a una votación.

Pacini se tomó hasta el último día posible para definir su postura con relación a este espinoso tema, que lo tiene incómodo desde el mismo momento en que se planteó.

Pero no fue por capricho la demora, sino para recabar la mayor información posible, según confiaron desde su entorno. En ese sentido esperó a tener en sus manos un informe de la Asesoría Letrada, basado en la recolección de información técnica, científica y comparativa con otras regiones y países.

Ese informe de Letrada sostiene que la normativa aprobada oportunamente por el Concejo Deliberante, que se encuentra fundada en le Ley Provincial Nº 10.699 y su decreto reglamentario 499/01, “resulta absolutamente anticuada con los nuevos modelos de producción y utilización de productos fitosanitarios y/o domisanitarios”.

Asesoría Letrada también basa su informe en una investigación que la Universidad de Buenos Aires decidió hacer sobre el impacto en el ambiente y en la población rural de los agroquímicos utilizados en la región pampera argentina, siendo precisamente el Partido de Pergamino el elegido como área de operaciones parea tal investigación.

Ese proyecto fue formado entre la UBA, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Agencia de Promoción Científica y Teconlógica del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación, estando a cargo del estudio las facultades de Agronomía (Fauba) y de Farmacia y Bioquímica (Ffyb).

El mismo ha previsto el cumplimiento de una serie de objetivos, entre los cuales cabe mencionar el general que establece la caracterización de los efectos del uso de glifosato, endosulfán y clorpirifós sobre la salud de grupos poblacionales a través de la evaluación del riesgo toxicológico. Si bien el proyecto se circunscribe a determinados productos, resulta necesario mencionar que los análisis no se limitan a ellos pues incluyen otros derivados de organoclorados y fosforados de uso habitual. Además, en el proyecto se incluye el estudio del impacto sobre recursos naturales, actividades que desarrolla la Fauba en cabeza del investigador responsable del proyecto conjunto, doctor Eduardo Pagano. Al presente los estudios están en plena ejecución, tal como se prevé en los términos aprobados y los resultados finales se esperan hacia finales del presente período calendario.

El informe de Asesoría Letrada indica que la investigación de la facultades de la UBA “sin ninguna duda transformará en ley los resultados que se determinan, y establecerá un marco regulatorio sobre la afectación de los cultivos en la zona pampeana y, particularmente, servirá como base fundamental para desarrollar la cantidad de metros que deben respetarse para salvaguardar la salubridad de los vecinos de las áreas periurbanas. Sin embargo, la determinación de 100 metros como zona de exclusión, es absolutamente aleatoria, ya que no existe al momento un estudio científico que así lo establezca. Por lo que es obligación tomar lo formalizado en otras naciones y en particular otras provincias, que se han interesado en forma particular para buscar un punto de equilibrio en los metros de la zona de exclusión”.

El intendente basó su decisión en el dictamen de Asesoría Letrada que en su conclusión dice: “Atento a los estudios llevados a cabo por la UBA, las comparaciones con otros países, los antecedentes de otras provincias y demás cuestiones vertidas, el señor intendente debería vetar el artículo Nº 6 en cuanto a la zona de exclusión, proponiendo que se reduzca a 50 metros. Ello estableciendo pautas de medición de factores climáticos: vientos, lluvias, etcétera, mediante la instalación de equipos tecnológicos, al menos en dos lugares de este Partido e involucrar a todos los actores sociales pertinentes (Municipio, autoridades provinciales y nacionales, ingenieros agrónomos, aplicadores, Colegio de Ingenieros, etcétera), teniendo presente que las nuevas tecnologías podrán en el futuro reducir dichas áreas”.

Por último cabe señalar que el intendente tendría decidido instalar equipos tecnológicos para la medición de factores climáticos en todas las localidades del Partido, y no solamente en dos como le sugiere Letrada.

 

La Opinion

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